La Ley Seca es una disposición temporal que prohíbe la venta de bebidas alcohólicas durante jornadas electorales. Esta medida busca evitar disturbios, garantizar la participación ciudadana y preservar el orden público en los días clave del proceso democrático. Está respaldada por el artículo 300 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales (LGIPE).

 

Estados que confirmaron la Ley Seca por elecciones

Para las elecciones judiciales y locales del 1 de junio de 2025, los siguientes estados han anunciado la aplicación oficial de la Ley Seca:

  • Coahuila
  • Durango
  • Estado de México (Ecatepec)
  • Hidalgo
  • Nuevo León
  • San Luis Potosí
  • Sonora
  • Veracruz
  • Yucatán
  • Zacatecas

El horario general es desde las 00:00 horas del sábado 31 de mayo hasta las 23:59 del domingo 1 de junio.

La restricción sobre la venta de alcohol se aplica en restaurantes, bares, tiendas y eventos sociales en espacios públicos, aunque algunos municipios pueden tener excepciones. Se sugiere revisar las disposiciones locales.

¿Hay multas por infringir la Ley Seca el 1 de junio? 

Las sanciones por incumplir la Ley Seca varían según el estado, pero en general contemplan:

Multas económicas:

Van desde $2,200 hasta $95,000 pesos mexicanos, dependiendo de la gravedad de la infracción y la entidad federativa. Por ejemplo:

  • Ciudad de México: de $2,268 a $3,240 MXN
  • Sonora y Durango: hasta $95,000 MXN
  • Coahuila: entre $36,000 y $72,000 MXN

Otras sanciones posibles:

Clausura temporal o definitiva del establecimiento que venda alcohol durante la restricción.

Arresto administrativo (en CDMX, hasta 36 horas en centros como “El Torito”).

Trabajo comunitario (aplicable en CDMX por hasta 18 horas).